El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, ha introducido modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social, con el objetivo de ampliar y mejorar el permiso por nacimiento y cuidado de menor, cumpliendo con la normativa europea en materia de conciliación.

 

Principales novedades para trabajadores y autónomos:

  • Duración del permiso:
    • Pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor.
    • En caso de familia monoparental, el permiso será de 32 semanas.
  • Distribución del permiso:
    • 6 semanas obligatorias e inmediatas tras el parto o adopción (a jornada completa).
    • 11 semanas (22 en familias monoparentales) de disfrute voluntario, continuado o interrumpido, hasta que el menor cumpla 12 meses.
    • 2 semanas adicionales (4 en familias monoparentales) de disfrute voluntario hasta que el menor cumpla 8 años.

Aplicación y entrada en vigor:

  • La norma entra en vigor el 31 de julio de 2025.
  • La ampliación de las semanas adicionales (2 o 4) tendrá efecto retroactivo para nacimientos o adopciones desde el 2 de agosto de 2024, aunque solo podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.