Adiós al papel.

Adiós al papel.

Esta normativa, que forma parte de una propuesta más amplia de reforma laboral, exige que todas las empresas adopten sistemas de registro horario digital, reemplazando completamente el fichaje en papel.

El objetivo es proporcionar mayor transparencia y un control más riguroso sobre las horas de trabajo, además de facilitar la accesibilidad de estos registros tanto para empleados como para organismos de inspección laboral​.

¿Estará prohibido el registro de control horario en papel?

La respuesta es sí. Estará prohibido registrar el control horario de los empleados en papel. El registro de la jornada laboral se deberá realizar exclusivamente a través de medios digitales y será obligatorio para todas las empresas en España, eliminando la posibilidad de utilizar métodos en papel para cumplir con la normativa de control horario.

Esta medida pretende asegurar una mayor transparencia y facilitar las inspecciones laborales, de modo que los datos de las horas trabajadas sean accesibles para los trabajadores, la representación sindical y la Inspección de Trabajo en tiempo real​.

El cambio se enmarca en un esfuerzo por combatir el fraude laboral y simplificar la gestión de los registros horarios. Con la digitalización obligatoria, las empresas deberán adoptar un software que registre tanto la entrada como la salida de cada empleado y que pueda ser auditado, protegiendo así los derechos de los trabajadores y aumentando la exactitud en el pago de horas trabajadas y horas extra.

 

Del mismo modo recordamos obligaciones que ya existen y que se deben de estar cumpliendo: OBLIGACIONES DE CUMPLIMIENTO PARA EMPRESARIOS Y SOCIEDADES, LA LPRL, LA LOPD, LOS SEGUROS DE CONVENIO Y EL CERTIFICADO DIGITAL.

1. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre).

Es de obligado cumplimiento para Empresas y Profesionales, con al menos un trabajador, el tener un plan preventivo que pueda evitar riesgos laborales para los trabajadores en el desempeño de sus funciones, así como la vigilancia de la salud, con reconocimientos periódicos en función del sector de actividad. Recordamos la importancia de renovar el botiquín de la mutua al menos una vez al año, si necesitan repuesto póngase en contacto con nosotros.

Dicho plan puede ser requerido por Organismos Públicos u otros Clientes a Empresas o Profesionales, aunque no tengan trabajadores, para el sector de la construcción y afines.

2. Ley de Protección de Datos(Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre).

Tanto autónomos como empresas del sector público y privado y entidades sin ánimo de lucro, deben cumplir las garantías establecidas para la protección del derecho fundamental a la intimidad y a la privacidad de datos personales, en la creación, tratamiento y modificación de ficheros que contengan información personal (nombre, teléfono, dirección, email, número de cuenta bancaria, etc.) de clientes, empleados, proveedores, acreedores, etc.

3. Suscripción de póliza de seguro para trabajadores (convenios colectivos).

Los distintos Convenios Colectivos, en su mayoría obligan a empresas y autónomos con trabajadores por cuenta ajena a contratar, una póliza de seguro obligatorio para la contingencia de invalidez y muerte de los trabajadores. En caso de no cumplir con esta obligación, si un trabajador tuviera un accidente con resultado de invalidez o muerte, el empresario será el responsable del pago de capital que establezca el convenio. Cada Convenio establece un capital distinto, la media actual es de 15.000€ por trabajador.

El incumplimiento de estas Leyes, supone estar expuesto a una Inspección aleatoria o provocada, ante la denuncia de un trabajador, la competencia, un proveedor, o el accidente de un trabajador, que conllevaría graves sanciones económicas.

Novedades normativa del IVA

Novedades normativa del IVA

Nuevos porcentajes de IVA aplicables a partir del 1 de octubre de 2024

Les informamos de las novedades relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):

Real Decreto-Ley 04/2024 (IVA de alimentos básicos).

El Real Decreto-ley 04/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, establece que a partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024 el tipo del 0% de los alimentos básicos se situará en el 2% y el del 5% en el 7,5%.

Fechas a tener en cuenta:

Se mantiene la rebaja del IVA de estos alimentos hasta el 30 de septiembre de 2024 para estos tipos:

  • IVA 5% (pastas alimenticias y aceites de semilla) con Recargo equivalencia del 0.62%.
  • IVA 0% (alimentos de primera necesidad y a los aceites de oliva) con Recargo equivalencia del 0%.

A partir de 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 esos dos tipos impositivos de IVA / Recargo de equivalencia se incrementarán: 

  • IVA 7,5% / R.equiv 1% (pastas alimenticias y aceites de semilla)
  • 2% / R.equiv 0,26% (alimentos de primera necesidad y a los aceites de oliva)

 

El aceite de oliva será considerado como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento a partir del 1 de enero de 2025

Lo que no te cuentan del Kit digital

Lo que no te cuentan del Kit digital

Se modifican las cantidades de esta iniciativa destinada a la digitalización de medianas, pequeñas y autónomos.
Con esta modificación se incluye un aumento de la cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III, compuesto por empresas de entre 0 y menos de 3 empleados. Actualmente, la cuantía de la ayuda es de 2.000 euros y pasa a ser de 3.000 euros.

Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias del segmento III que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su bono digital, garantizando así, los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia.

La petición de la ayuda con la nueva cuantía podrá realizarse una vez se haya abierto el formulario de solicitud en el mes de junio. A partir de ese momento, las empresas del segmento III podrán solicitar la ayuda de 3.000 euros. Si ya se ha sido beneficiario, y se quiere solicitar la ampliación de 1000 euros es posible.

¡OJO!

Estos 1000 euros no son para darte un ordenador, sino para ofrecer una prestación de servicios, es decir, te ceden un ordenador durante un año para su uso y al cabo de este tiempo lo podrás adquirir por un su valor residual que como mucho podrá ser del 15% del mismo.

El dispositivo hardware que te prestarán debe de cumplir con una serie de requisitos mínimos técnicos, de seguridad, publicidad, mantenimiento, y ciberseguridad

Novedades fiscales

Novedades fiscales

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Desvelando el misterio: ¿Pueden los autónomos acceder al paro en España?

Desvelando el misterio: ¿Pueden los autónomos acceder al paro en España?

¿Los Autónomos Tienen Derecho al Paro en España?

El mundo laboral está lleno de matices y particularidades, y uno de los aspectos que genera más dudas entre los trabajadores por cuenta propia es el derecho al paro. Si bien es una prestación asociada tradicionalmente a los trabajadores asalariados, muchos autónomos se preguntan si tienen algún tipo de cobertura en caso de quedarse sin empleo. En este artículo, exploraremos esta cuestión y proporcionaremos información clave para quienes se encuentren en esta situación.

¿Qué significa ser autónomo en España?

Ser autónomo en España implica tener una actividad económica independiente, donde el trabajador es responsable de la gestión de su propio negocio. Esto incluye la toma de decisiones, la fijación de tarifas, la gestión administrativa y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y laborales.

Derechos laborales de los autónomos

Si bien los autónomos disfrutan de cierta flexibilidad en su trabajo, también cuentan con una serie de derechos laborales básicos. Estos incluyen la libertad de horarios, la posibilidad de establecer sus propias tarifas y la capacidad de decidir sobre la gestión de su negocio.

¿Tienen derecho los autónomos a prestaciones por desempleo?

Esta es una pregunta recurrente entre los autónomos en España. La respuesta es sí, pero con ciertas condiciones. Los autónomos pueden tener derecho a prestaciones por desempleo en determinadas situaciones, como el cese de actividad o la reducción drástica de los ingresos de su negocio.

Requisitos para acceder al paro siendo autónomo

Para poder solicitar el paro siendo autónomo, es necesario cumplir una serie de requisitos establecidos por la legislación española. Estos incluyen estar al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y haber cotizado un mínimo de tiempo.

Modalidades de prestación por desempleo para autónomos

Existen diferentes modalidades de prestación por desempleo para autónomos, como la prestación por cese de actividad. Esta opción está destinada a aquellos autónomos que se ven obligados a cesar su actividad económica debido a causas involuntarias.

Procedimiento para solicitar el paro siendo autónomo

El proceso para solicitar el paro siendo autónomo incluye la presentación de cierta documentación ante las autoridades competentes y el cumplimiento de los plazos establecidos. Es importante seguir los pasos correctamente para evitar posibles retrasos o problemas en la tramitación.

Duración y cuantía de la prestación

La duración y la cuantía de la prestación por desempleo para autónomos pueden variar según diferentes factores, como el tiempo cotizado y la situación personal del solicitante. Es fundamental tener en cuenta estos aspectos al calcular el importe y la duración del paro.

Casos especiales y excepciones

Existen casos especiales y excepciones que pueden afectar al acceso al paro para autónomos, como la aplicación de ciertas bonificaciones o la exclusión en determinadas situaciones. Es importante informarse adecuadamente sobre estas circunstancias para evitar confusiones o malentendidos.

Consejos finales

Para aquellos autónomos que estén considerando solicitar el paro, es importante planificar con anticipación y buscar asesoramiento profesional si es necesario. Además, es fundamental mantenerse informado sobre los derechos y las obligaciones laborales para tomar decisiones informadas y responsables.

En resumen, los autónomos sí tienen derecho al paro en España en determinadas circunstancias, aunque es necesario cumplir con una serie de requisitos y seguir un proceso específico para solicitarlo. Es importante conocer estos aspectos y estar preparado en caso de necesitar hacer uso de esta prestación en el futuro.